15

Ago

2016

¿Me conviene convivir antes de casarme?

La convivencia pre matrimonial es vista frecuentemente como un trampolín al matrimonio, como una especie de período de prueba antes de dar el sí definitivo. Las razones aludidas pueden ser variadas (compartir gastos, gozar de intimidad sexual, hacer vida en común), pero siempre resultan subjetivas, incluso al interior de la pareja. Como lo ha demostrado […]

Por Gloria Huarcaya. 15 agosto, 2016.

couple-1396314_1920 (web icf)

La convivencia pre matrimonial es vista frecuentemente como un trampolín al matrimonio, como una especie de período de prueba antes de dar el sí definitivo. Las razones aludidas pueden ser variadas (compartir gastos, gozar de intimidad sexual, hacer vida en común), pero siempre resultan subjetivas, incluso al interior de la pareja. Como lo ha demostrado un estudio de Rand Corporation (2013) las mujeres que empiezan a convivir suelen tener una expectativa más romántica respecto a un potencial matrimonio que los varones.

Si alguien cree que la convivencia le llevará naturalmente a casarse con su pareja, o que incluso tendrá menos problemas matrimoniales, pues está equivocado. Existe evidencia de que las parejas de convivientes tienen un 40% más de riesgo de divorciarse, que aquellas que nunca han cohabitado (Pollard and Harris, 2013). Para el Dr. Stanley, la “naturaleza ambigua” de la cohabitación, compromete menos a la pareja, promueve mayores niveles de desacuerdo y mayor facilidad para la ruptura. A su vez, una primera convivencia incrementa el riesgo de experimentar “convivencias en serie” con hijos de diferentes parejas como explica el Dr. Daniel Lichter.

Si bien los efectos sociales pueden ser elocuentes para elegir determinado tipo de unión, la naturaleza esencial del matrimonio marca la gran diferencia. Mientras que una relación de convivencia se sostiene sobre un abanico de motivos subjetivos, con un grado relativo de compromiso; los que se casan, deciden libre y radicalmente unir sus vidas para siempre, suscribiendo un pacto conyugal.

En el pacto conyugal, varón y mujer se entregan ellos mismos en su totalidad y sin condiciones,  para constituir una nueva unidad. Se comprometen a amarse y respetarse hasta la muerte. Dan su palabra para honrar un amor exclusivo, fiel, permanente y abierto a la vida. Los convivientes podrían tener estas intenciones, pero a diferencia de los esposos, no lo han manifestado públicamente ante un ministro u autoridad competente, no han expresado ni suscrito un compromiso que los vincule, y que incluso les protege jurídicamente.

El matrimonio es una unión de vida y debida, con deberes y derechos respetables jurídicamente. Establece un compromiso permanente en el ser de los esposos. La convivencia no es un sucedáneo del matrimonio. Entre las parejas que mantienen una relación sólida y creen estar seguros de su amor, valdría la pena preguntarse: ¿por qué poner la relación a prueba?, ¿te quiero tanto como para casarme contigo?, o ¿sólo estoy contigo mientras nos llevamos bien en nuestra convivencia?

En su reciente best seller “Cómo encontrar a tu alma gemela sin perder tu alma” (2015), Crystalina y Jason Evert desaconsejan a los jóvenes “jugar a la casita”, porque mata e instrumentaliza el amor, al reducirlo a fines utilitarios. Los novios necesitan conocer el sentido del matrimonio y del pacto conyugal para empezar a construir un amor para siempre. Por esa razón, este tema se desarrollará en profundidad en el curso de preparación para el matrimonio que ofrecerá el Instituto de Ciencias para la Familia en setiembre.

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