31

Ene

2023

Quota litis

La vigencia del Estado de Derecho

En materia penal, las normas solo pueden ser reformadas y derogadas por el Congreso o por una delegación al Poder Ejecutivo; de ninguna manera, una norma interna de gestión del Poder Judicial podría regular el marco normativo de la prescripción.

Por Francisco Alvarez. 31 enero, 2023. Publicado en Correo, el 31 de enero de 2023.

El Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente 985-2022-PHC/TC ha reconocido la máxima vigencia del principio de legalidad en materia de prescripción de la acción penal. Al fallo lo precede una sentencia de la Corte Suprema que ratificó una condena contra un ciudadano peruano por delito de defraudación tributaria. Previamente, la Corte Suprema había denegado un pedido de prescripción de la acción penal que había deducido el procesado, aduciendo que este plazo había quedado suspendido en el marco de la pandemia de la COVID-19, como así lo estipularon diferentes resoluciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Este fallo es valioso porque resalta la vigencia de la jerarquía de normas que a todo estudiante de derecho se nos enseñó desde la facultad, pues normas reglamentarias como las expedidas por el Consejo Ejecutivo, de ninguna forma pueden autorizar la suspensión de la prescripción de la acción (Kelsen). En materia penal las normas solo pueden reformadas y derogadas por el Congreso o por una delegación al Poder Ejecutivo; de ninguna manera una norma interna de gestión del Poder Judicial podría regular el marco normativo de la prescripción. ¿Por qué los jueces, conocedores del derecho y de la ley, autorizaron un castigo punitivo en un caso dónde había operado la prescripción? Creo que, en los últimos tiempos, el Poder Judicial no solo debe destacar en sus presentaciones la celeridad para la solución de los casos, o los números de condenas en materia penal. Un sistema de justicia que aspire a mantener la vigencia del Estado de Derecho, debe ser reconocido por su estricto respeto a los derechos de los ciudadanos.

Este es un artículo de opinión. Las ideas y opiniones expresadas aquí son de responsabilidad del autor.

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