Beca COAR

Convocatoria 2024

Las becas cubren el financiamiento de las pensiones académicas de los períodos académicos ordinarios de pregrado, durante el tiempo de duración mínima, es decir 5 o 6 años, según el Programa Académico escogido.

Disposiciones de la beca:

1. Las becas están dirigidas a los mejores alumnos de los Colegios de Alto Rendimiento a nivel nacional que culminen sus estudios secundarios en el año inmediato anterior al año de inicio de disfrute de la beca ofrecida.

2. Para ser beneficiario de una de las becas es necesario haber obtenido una vacante en la Universidad de Piura.

3. Es indispensable aprobar el Programa Introductorio para poder iniciar el período académico I, cuando corresponda, el cual no se encuentra dentro de los conceptos cubiertos por las presentes becas.

4. Las becas cubren el financiamiento de las pensiones académicas de los períodos académicos ordinarios de pregrado, durante el tiempo de duración mínima, es decir 5 o 6 años, según el Programa Académico escogido.

5. Las becas aplican para cualquiera de los Programas Académicos ofertables de cualquiera de las Facultades de la Universidad de Piura, menos de la Facultad de Medicina Humana. Ello, con las limitaciones propias del campus para el cual se ofrecen las becas.

6. Las becas sólo se aplican al ámbito exclusivo de las pensiones académicas de los períodos académicos ordinarios de pregrado, y no al resto de conceptos económicos vigentes durante los estudios del alumno, tales como pero no limitados a: Programa Introductorio, derechos académicos por matrículas, exámenes extraordinarios, convalidaciones, idiomas, cursos repetidos, cursos de nivelación en verano, grados y títulos, constancias, libros u otros cargos en la Universidad ni extras que demande los estudios universitarios.

7. Las becas otorgadas corresponderán únicamente para una carrera y no para el caso que un alumno desee cursar una segunda carrera. Sólo se permitirá el cambio de Programa Académico dentro de la misma Facultad. El cambio a un Programa Académico distinto implica la pérdida de la beca.

8. Las becas otorgadas se harán efectiva únicamente para el campus para el cual fueron otorgadas. No aplican en caso de cambio de campus, incluso si el cambio de campus es para el mismo Programa Académico.

9. Las becas no son acumulables con otros beneficios ni puede postergarse, ampliarse o cambiarse. La obtención de otro beneficio implica la pérdida automática de la beca.

10. Dado que las becas reguladas en el presente documento han sido creadas por la Universidad de Piura, en ejercicio de su autonomía, las mismas constituyen una liberalidad por parte de la Universidad de Piura, por lo que su contenido y alcances podrían verse modificados por motivos justificados.

11. Una vez obtenida una de las becas, se deberán cumplir los siguientes requisitos para conservarla:

  1. Tener como mínimo un índice académico acumulado igual a 12.5, o, pertenecer al tercio superior del nivel de estudios que corresponda al beneficiario siempre que su índice acumulado sea aprobatorio (no menor de 11), al finalizar cada periodo académico.
    El incumplimiento de lo señalado implica la pérdida temporal de la Beca en el periodo académico siguiente hasta que recupere el índice solicitado.
  2. No tener sanción disciplinaria grave o dos leves.
  3. Mantener los requisitos establecidos para la obtención de la beca.
  4. Cumplir con los deberes del programa de apoyo estudiantil y todo lo indicado en la normativa de becas.

12. El alumno perderá temporalmente la beca, en los siguientes casos:

  1. Si deja de cumplir con el parámetro académico establecido.
  2. Si es sancionado por segunda falta disciplinaria leve.
  3. No cumplir con participar oportunamente o del modo indicado en el Programa de Apoyo Estudiantil, la primera vez.

13. El alumno perderá definitivamente la beca:

  1. Si es sancionado por falta disciplinaria grave.
  2. Si es sancionado, por tercera vez, por falta disciplinaria leve.
  3. Si se realiza traslado interno a otra Facultad.
  4. Si se realiza cambio de campus.
  5. Si obtiene algún otro beneficio económico.
  6. Otras que resulten de la aplicación de la presente normativa y demás normas internas de la Universidad.

14. El alumno podrá recuperar la beca, en los siguientes supuestos:

  1. Alcanzar el parámetro académico establecido, si la pérdida de la beca fue temporal por haber incumplido el mismo.
  2. Cumplir la sanción disciplinaria que se le haya impuesto, si perdió la beca al haber sido sancionado, hasta por segunda vez, por falta disciplinaria leve.

En todos los casos, el alumno deberá cumplir adicionalmente, los requisitos establecidos para la beca específica, así como contar con informe favorable de su Facultad.