Beneficios y disposiciones de la beca:
- Las becas están dirigidas a los mejores alumnos de las instituciones educativas públicas a nivel nacional que culminen sus estudios secundarios en el año 2025.
- Para ser beneficiario de una de las becas es necesario haber obtenido una vacante en la Universidad de Piura a través de la evaluación de las Becas IEP.
- La duración de la beca está en función de la carrera a estudiar, gozando de un año adicional. Los plazos comprenden un semestre de estudios introductorios, que el alumno -eventualmente- podrá realizar al iniciar su carrera, así como un período académico adicional, para hacer frente a cualquier contingencia que se presente en el transcurso de los estudios.
- Las becas aplican para cualquiera de los Programas Académicos elegibles de la Universidad de Piura, menos de la Facultad de Medicina Humana. Ello, con las limitaciones propias del campus para el cual se ofrecen las becas.
- Las becas solo se aplican al ámbito exclusivo de las pensiones académicas de los períodos académicos ordinarios de pregrado, y no al resto de conceptos económicos vigentes durante los estudios del alumno, tales como -pero no limitados a-: derechos académicos por matrículas, exámenes extraordinarios, convalidaciones, idiomas, cursos repetidos, cursos de nivelación en verano, grados y títulos, constancias, libros u otros cargos en la Universidad ni extras que demande los estudios universitarios.
- Las becas otorgadas corresponderán únicamente para una carrera y no para el caso que un alumno desee cursar una segunda carrera. Solo se permitirá el cambio de Programa Académico dentro de la misma Facultad. El cambio a un Programa Académico distinto implica la pérdida de la beca.
- Las becas otorgadas se harán efectivas únicamente para el campus para el cual fueron otorgadas. No aplican en caso de cambio de campus, incluso si el cambio de campus fuera para el mismo Programa Académico.
- El estudiante becario solo es beneficiario de un tipo de beca, es decir, está prohibido que un estudiante ostente el beneficio de dos o más becas.
- Dado que las becas reguladas en el presente documento han sido creadas por la Universidad de Piura, en ejercicio de su autonomía, las mismas constituyen una liberalidad por parte de la Universidad de Piura, por lo que su contenido y alcances podrían verse modificados por motivos justificados.
- Una vez obtenida una de las becas, se deberán cumplir los siguientes requisitos para conservarla:
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- Al inicio de cada período académico, deberá matricularse en no menos de 16 créditos.
- Tener como mínimo un índice académico biperiodo de 12.5, o pertenecer al tercio superior del nivel de estudios que corresponda al beneficiario, al finalizar cada periodo académico. El incumplimiento de lo señalado implica la pérdida temporal de la beca en el periodo académico siguiente, hasta que recupere el índice solicitado.
- No tener sanción disciplinaria vigente
- Cumplir con los deberes del programa de apoyo estudiantil y todo lo indicado en la normativa de becas.
- El alumno perderá temporalmente la beca, si incumple algún requisito para mantenerla.
- El alumno perderá definitivamente la beca:
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- Si es sancionado por falta disciplinaria muy grave.
- Si realiza traslado interno a otra Facultad.
- Si realiza cambio de campus.
- Si obtiene algún otro beneficio económico.
- Otras que resulten de la aplicación de la presente normativa y demás normas internas de la Universidad.
- El alumno podrá recuperar la beca perdida temporalmente al revertir las causales de pérdida de beca y en el caso de las medidas disciplinarias, cuando se cumple el periodo establecido en el Reglamento de Medidas Disciplinarias.
