¿Colegios inhabilitados o inhabitables?

Por , publicado el 18 de septiembre de 2017

Debido a las lluvias que azotaron la costa norte del Perú los primeros meses de este año, los medios de comunicación informaron de que, resultado del fenómeno del Niño costero, hay unos trescientos “colegios inhabilitados por lluvias, huaicos y desbordes”. Sufrimos una situación difícil: muchos colegios se derrumbaron, se inundaron, se echaron a perder equipos, mobiliario, documentos, libros de texto… En el centro de Trujillo tres centros educativos colapsaron. En Piura la situación fue peor. En Casma se informa de un robo “en colegio inhabilitado por lluvias”, por el que los delincuentes se llevaron equipos valorizados en mil 500 soles. Un conocido conductor de televisión insistió también, entrevistando a la señora ministra, preocupado porque hay cientos de centros escolares inhabilitados a lo largo de todo el país.

Todas estas declaraciones se expresan de forma incorrecta, ya que el verbo inhabilitar tiene un significado jurídico muy preciso: ‘Declarar a alguien inhábil o incapaz de obtener o ejercer cargos públicos, o de ejercitar derechos civiles o políticos’. Pueden ser inhabilitados de ejercer su función los profesores, los abogados o los médicos si demuestran incompetencia o debido a comportamientos inaceptables, pero ello siempre como resultado de una sanción de tipo administrativo, no de una contingencia.

El problema en todos estos casos es que se confunde inhabilitado con inhabitable, que son vocablos similares tanto por paronomasia como por contigüidad semántica. Los colegios no tienen “habilidad”, sino “habitabilidad”, aunque es claro que no se habitan en sentido estricto, porque solo los utilizamos durante las horas del día. Debido a los numerosos destrozos ahora son espacios inhabitables y ponen en peligro la salud de los niños. Ese error, llamado paronomasia, ocurre cuando las personas emplean una palabra en lugar de otra muy similar. El prestigio del lenguaje jurídico también favorece la readaptación de un término aparente: aplicamos habitable a los edificios con viviendas y habilitados a los que no tienen viviendas: “Declaran inhabitable edificio incendiado en Jirón de la Unión”, “Quince familias viven en edificio declarado inhabitable en San Isidro”. Sin embargo, la norma establece que también en los casos anteriores debió decirse: colegios inhabitables, “centros escolares inhabitables. O también: colegios inaptos, término por otra parte, de muy poco uso. Otro vocablo del mismo campo semántico sería inutilizado, pero se aplica en otras circunstancias, cuando está habitable (en buenas condiciones) y habilitado (con todos los permisos necesarios) pero por lo que sea no se utiliza.

Carlos Arrizabalaga

Referencia de la imagen: Diario Correo: http://diariocorreo.pe/edicion/chimbote/casma-lluvia-torrencial-dana-200-viviendas-y-colegio-en-casa-blanca-736840/4/

9 comentarios

  • Jacinto Gonzalez dice:

    “… el verbo inhabilitar tiene un significado jurídico muy preciso: ‘Declarar a alguien inhábil o incapaz de obtener o ejercer cargos públicos, o de ejercitar derechos civiles o políticos’.”

    Es cierto lo que dicen, pero no completo. Si a un individuo le vendo los ojos lo inhabilito para ver, Si un fulano se le rompen las piernas, queda inhabilitado para correr; situaciones no jurídicas..

  • Castellano Actual dice:

    Estimado Jacinto:
    En los ejemplos que usted propone se observa que se le ha dado una extensión semántica (llevada a un ámbito más amplio: el de la salud física de las personas) a una expresión típicamente jurídica: “quedar inhabilitado”. No parece que dichos ejemplos sean expresiones normales del lenguaje común. En el glosario aprobado en el Perú por la Gerencia de Prestaciones Económicas de ESsalud en octubre de 2013, por ejemplo, situaciones como las que usted describe se designan mediante los términos: discapacidad o incapacidad. En efecto, suele decirse que una persona queda incapacitada para ver o para caminar, o que presenta una discapacidad física para esas acciones. En ese sentido la extensión semántica que muestran esos ejemplos sería innecesaria y en cualquier caso no respondería a la norma general del idioma. En todo caso, podrían indicar el deseo de buscar una expresión eufemística a la descripción de esas situaciones.
    Cordiales saludos,
    Carlos Arrizabalaga

  • Jacinto Gonzalez dice:

    …y si le quito las bujías al motor de un auto, no inhabilito para funcionar?

  • Christiane Saltiel dice:

    … los medios de comunicación informaron de que… ¿Es correcto?
    ¿No debería ser: … los medios de comunicación informaron que…?

    Gracias

  • Castellano Actual dice:

    Estimada Christiane:
    Ambas opciones son correctas. El complemento del verbo informar (‘Enterar o dar noticia de algo’) puede introducirse con preposición o sin ella: informar algo o informar de algo.
    Saludos cordiales,
    Castellano Actual

  • Sebastián dice:

    Incorrecto es cómo lo planteas o, al menos, sesgado. En efecto, “inhabilitar”, según la RAE, consta de dos acepciones no excluyentes entre sí: una; la que mencionas, en el sentido jurídico, y otra, en el sentido de la “imposibilidad para algo”. En este orden de ideas, la palabra “inhabilitar” del artículo periodístico que citas es del todo correcta, tanto en su uso como en su contexto. Sin perjuicio de lo anterior, inhabilitar en su -como dices- “significado jurídico”, no necesariamente significa lo que expresas o lo que menciona la RAE, pues las palabras y definiciones “técnicas-jurídicas” vienen dadas por la propia legislación interna de cada territorio jurisdiccional, y, a esas definiciones legales (dadas por la ley) hay que estarse en primerísimo lugar en caso de conflicto interpretativo, pues “inhabilitar” técnico y jurídicamente, si bien pueden tener una raíz semántica común, LEGALMENTE pueden diferir dependiendo del territorio jurisdiccional de una república determinada.

  • Castellano Actual dice:

    Estimado Sebastián:
    El verbo inhabilitar tiene en efecto una acepción más amplia de “imposibilitar para algo”, con un uso con frecuencia pronominal, por lo general referido a la imposibilidad de realizar alguna acción un sujeto personal. Hay ejemplos en CREA: “una fiebre o un cambio de atmósfera más lenta y más densa, que me pesaba, que me inhabilitaba para hablar, para ser fuera de ese estado” (Pilar Nasarre, El país de Nunca Jamás. Barcelona, Seix Barral, 1993, p. 144). Respecto a los ejemplos señalados arriba, se entiende que hay un uso incorrecto porque se confunde dos verbos similares: “habitar” / “habilitar”, de modo que se dice “inhabilitado” en lugar de “inhabitable”, por la proximidad fonética y semántica de ambos términos. También se señala que este uso, que supone de algún modo una extensión semántica, podría generalizarse como tantas veces ha ocurrido, en que un uso en principio errado termina siendo normal y aceptado por la comunidad lingüística, lo cual podría llegar a ocurrir si los hablantes persisten en este uso extendido del verbo inhabilitar. También es cierto que tiene un origen jurídico y que su significado terminológico, como muy bien señala, puede estar definido en cada país de la manera en que lo determine su legislación.

    Dr. Carlos Arrizabalaga
    Universidad de Piura

  • Anónimo dice:

    …y así como de habilitar hay inhabilitar, ¿Hay también un sinónimo: “deshabilitar”?

Deja un comentario

×