A potestad 

Por , publicado el 11 de septiembre de 2024

El sustantivo potestad es un cultismo jurídico que se define como ‘dominio, poder, jurisdicción o facultad que se tiene sobre algo’ (DLE, 2014, v. 23.7), y que procede del derecho romano. La persona que no estaba sometida a potestad alguna en el derecho romano era el ciudadano pater familias. La patria potestad es, por su parte, una institución de derecho de familia por la cual los padres tienen el deber y derecho de cuidar de sus hijos menores, y se convierte en prototipo de toda potestad privada o pública. 

En la jurisprudencia peruana, se utiliza el término con un significado algo diferente. Según expresa una sentencia de la Corte Suprema (Casación N° 778-2015), la prolongación de la prisión preventiva “no es una acción automática sino procede a potestad del juez”, esto es, atendiendo al inciso 5 del artículo 274 del nuevo Código Procesal Penal, por el que se establece que el juez podrá prolongarla hasta la mitad de la pena impuesta en caso de ser recurrida siempre que lo considere oportuno y necesario. 

Se ha ampliado el uso de la expresión a potestad en otros campos muy distintos, con este sentido de ‘según su propio criterio’, equivalente a otras expresiones similares: Se deja a potestad del estudiante el diseño de su propia currícula; El ajuste de notas queda a potestad del estudiante (Acuerdos de convivencia escolar. Venezuela). Es decir, que “se da la facultad al estudiante de desarrollar el diseño de su currícula”, o se deja “a criterio del estudiante” el ajuste de las notas. Igualmente, en lugar de ser discreción del profesor, un reglamento escolar establece: “Se dejará a potestad del profesor la posibilidad de bajar 0,1 puntos por cada falta de asistencia no justificada en la nota final del trimestre. (Criterios de Calificación en IES Pilar de la Rubia, España) 

En el ámbito del comercio internacional, igualmente vemos que algunas salvaguardas quedan a potestad de los países para su aplicación (una tesis de la Universidad de Externado, Colombia): quiere decirse con esto que la aplicación de las salvaguardias queda a la voluntad de los países. También en el mundo del deporte, Rolando Bellido, presidente del club de fútbol de Ayacucho, instaba a las autoridades peruanas: Dejamos siempre a potestad del órgano superior federativo [la decisión a tomar], en referencia a la clasificación de su equipo, que aspiraba a subir a la primera división (Depor 16/11/2023). Entiéndase, por supuesto, que Bellido dejaba esa decisión en manos de la directiva futbolística. 

En todos estos casos, a potestad no significa ‘poder’ o ‘autoridad’, sino ‘voluntad’, ‘criterio’, ‘consideración’, esto es, el ejercicio irrestricto pero informado de la libre elección que se deriva o emana, evidentemente, de dicho poder o autoridad. Sería un cambio de significado ocasionado por contigüidad semántica, por lo que, dicho de manera más sencilla, una cosa lleva a la otra. Que un tecnicismo jurídico pase a la lengua común con un desplazamiento semántico no es algo nuevo ni particularmente extraño, porque así ha ocurrido con frases como es la ley, por decreto, sin tachas y otras que se emplean en el habla corriente sin respaldo legislativo ni judicial: Ahora aparecen sus fans, imponiendo por decreto y sin amor su ránking universal por haber visto un par de resúmenes en youtube (Sebastián Kohan Esquenazi, Pelé por decreto 04/01/2023).  

El castellano tiene una serie de locuciones adverbiales, con contenidos muy diferentes, que empiezan con la preposición a, por ejemplo: a diestra y siniestra, a destajo, a todo dar, a tontas y a locas… La representación del contenido asignado a frases como a voluntad de, a decisión de, a discreción [del jefe, del juez, del cliente] se está atribuyendo mediante esta nueva locución a la expresión a potestad [del jefe, del juez, del cliente]. La definición que da el diccionario de la locución a discreción incluye otras anteriores: ‘al arbitrio’, ‘al antojo’, que ya no se usan (no es la única ocasión en que el diccionario usa en la definición expresiones más oscuras que el propio definiendum). La discreción es, efectivamente, ‘la sensatez para formar juicio y tacto para hablar u obrar’ (DLE, 2014, v. 23.7), que es lo que se requiere para que el estudiante o el juez puedan diseñar su currícula o determinar la prolongación de una prisión preventiva, pero la expresión a discreción ha pasado a significar ‘sin tasa ni limitación’, probablemente por su uso asociado al campo de la agresión (fuego a discreción, mamporros a discreción) y de ahí a otros (Se comía a discreción). La primera de las frases se ha hecho tan frecuente en el mundo del cine y por desgracia también en la triste realidad de algunos conflictos bélicos que ha hecho olvidar el significado primigenio que empleaba, por ejemplo, Lope de Vega: “Que la nave que tanto el mundo loa / Discurre a discreción del viento frío” (La Jerusalén conquistada, 20/2: 144). Ese espacio de significado lo ha venido a llenar perfectamente a potestad, que tiene visos de perdurar al menos algunas generaciones, si es que no viene otra expresión a remplazarla cuando empiece a emplearse a tiro limpio y sin restricciones. 

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